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Pomcas, instrumentos ambientales de planificación territorial

Por Natalia Nuñez Vélez
5 de junio de 2018 | Publicado en Asuntos Legales, La República.

El ordenamiento ambiental del territorio en Colombia, se ha convertido en autoridad normativa en la medida en que de manera general sus disposiciones son de jerarquía superior a disposiciones del ordenamiento territorial colombiano.

Es así como los Planes de Ordenación de las Cuencas Hidrográficas (“Pomca”), son considerados instrumentos fundamentales y estratégicos para la planificación. Sin embargo, en el proceso de ordenación deberán tener en cuenta la realidad del territorio y el desarrollo económico en cohesión social, ambiental, política y cultural, con el fin de fomentar el desarrollo armónico y equitativo con participación de los diferentes actores.

Lo anterior es de gran importancia por cuanto en la medida en que se amplían y profundizan las escalas de la producción de los diferentes sectores económicos y del desarrollo urbano, se interponen diferentes intereses y aumenta la importancia de una planificación del territorio en la cual se logre un uso coordinado entre el suelo y el aprovechamiento racional y sostenible de los recursos naturales.

¿Qué papel juega entonces la planificación y protección del recurso hídrico en el ordenamiento del territorio? La ordenación y manejo de las cuencas hidrográficas busca de manera participativa el uso coordinado del suelo, de las aguas, la flora y la fauna, lo cual es fundamental para establecer concesos en la zonificación ambiental del territorio que conduzcan a: i) la protección, conservación, uso y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales; ii) una ocupación del territorio de forma segura y; iii) evitar condiciones de riesgo o amenazas a lo largo de la cuenca.

Atendiendo a los anteriores objetivos las CARs, en virtud del mandato legal contenido en el artículo 31 de la Ley 99 de 1993, proceden a ordenar cuencas principales y cuando es necesario a actualizar los Planes de Ordenación y Manejo de las Cuencas Hidrográficas. Se trata de adecuar los usos en pro de las cuencas y conforme a las realidades del territorio.

Dichos procesos de planificación y actualización deben tener en cuenta los instrumentos de planificación del territorio en aras de articular un adecuado equilibrio entre el desarrollo de ciudades, aprovechamiento económico de los recursos naturales y conservación de cuencas.

En estos procesos es de suma importancia que no se desconozca el desarrollo económico, productivo, social y cultural a lo largo de las cuencas hidrográficas, de modo que no se afecten derechos y exista legitimidad en la ordenación, además de seguridad jurídica para los inversionistas, urbanizadores, productores, y en general, para la economía.

¿El Pomca como determinante ambiental puede desconocer los instrumentos de planificación del territorio? Todo lo contrario, la ordenación de la cuenca debe ser una unidad de análisis que integre todos los elementos estructurantes del territorio en aras de lograr un equilibrio entre el aprovechamiento social y económico de los recursos naturales y la conservación del recurso hídrico, pues el propósito de ordenar una cuenca involucra necesariamente conocer cuál es su realidad. No puede ser de ninguna manera un instrumento desarticulado que no se armonice con el ordenamiento territorial y la forma de desarrollo de los habitantes y regiones, y a su vez, con las disposiciones nacionales sobre desarrollos de utilidad pública e interés nacional. Se trata de integrar los diferentes interesas y de recuperar, mejorar o proteger la cuenca hidrográfica.

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