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Nuevos lineamientos para la construcción sostenible

Por María Fernanda Ortiz C.
2 de agosto de 2025 | Publicado en Asuntos Legales.

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en el marco de su función de formular las políticas sobre renovación urbana, mejoramiento integral de barrios, calidad de la vivienda urbana y rural, urbanismo y construcción de vivienda sostenible, espacio público y equipamiento, expidió la Resolución 0194 del 11 de abril de 2025, cuyo objeto es establecer los porcentajes mínimos y medidas de ahorro en agua y energía para nuevas edificaciones y adoptar la guía de construcción sostenible en función del ahorro de agua y energía. Lo anterior, con miras a fortalecer una de las bases del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, donde se establece como prioridad la protección del agua y la biodiversidad.

¿Qué se entiende por construcción sostenible?

Es aquella que busca minimizar el impacto en el medio ambiente con un enfoque integral desde el diseño, construcción, operación y mantenimiento. En el marco de la Resolución, es aquella que permita alcanzar el objetivo de ahorro de agua y energía.

¿A qué tipo de construcciones les es aplicable esta normatividad?

Aplica para todas las edificaciones, sea públicas o privadas. En este sentido, debe considerarse para el diseño, construcción y funcionamiento de toda clase de vivienda de interés social y prioritaria, no VIS, unifamiliar, multifamiliar, centros comerciales, oficinas, hoteles, centros de educación básica y profesional y hospitales.

¿Cuál es el ámbito de aplicación y gradualidad?

Se establece un régimen de transición, según el cual, le será aplicable a todas las licencias de construcción en la modalidad de obra nueva solicitadas con posterioridad a la entrada en vigor de la norma, es decir, al día hábil siguiente a su publicación, así: (i) para todas las construcciones salvo la vivienda VIS y VIP, contados 6 meses después de la entrada en vigencia de la norma (ii) en relación con la vivienda VIS y VIP ubicada en los municipios y/o distritos de categoría 1 y 2 cuya área sea superior o igual a 5000 m2 a los 12 meses contados a partir de la entrada en vigor de la norma, (iii) en relación con la vivienda VIS y VIP ubicada en los municipios y/o distritos de categoría 1 y 2 cuya área sea superior o igual a 2000 m2 a los 18 meses contados a partir de la entrada en vigor de la norma; y (iv) en relación con la vivienda VIS y VIP ubicada en los municipios y/o distritos de las demás categorías cuya área sea superior o igual a 5000 m2 a los 24 meses contados a partir de la entrada en vigor de la norma.

¿Cómo se acreditan los ahorros de energía y agua en las nuevas edificaciones?

En el momento de radicación en legal y debida forma de la licencia se deberá declarar por escrito las medidas activas, pasivas y/o mixtas a implementar en el proyecto.

¿Cuál es el impacto de la resolución en el desarrollo de proyectos inmobiliarios?

Aunque cada vez es más común desarrollar proyectos con menor impacto medio ambiental, buscando que obtengan certificaciones como LEED, EDGE, o CASA, entre otras, es preciso entender el impacto económico en virtud de los trámites adicionales que puedan afectar la ejecución de estos.

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