MADS propone nuevo trámite de licencia ambiental especial para proyectos de energía solar
En el marco de la transición energética justa y la meta de descarbonización nacional, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) publicó para comentarios el proyecto de decreto que crea el trámite de Licencia Ambiental para proyectos de Energía Solar (LASolar). Este mecanismo especial aplica a proyectos con capacidad instalada entre 10 MW y 100 MW y busca facilitar su desarrollo con criterios ambientales claros y procedimientos más ágiles.
Este decreto adiciona el capítulo 10 al Decreto 1076 de 2015, estableciendo un régimen diferenciado para las solicitudes de licenciamiento ambiental ante la ANLA. La medida responde a los compromisos climáticos del país, incluyendo la Contribución Nacionalmente Determinada (NDC), y se alinea con las transformaciones del Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026.
Entre las principales disposiciones se destacan:
- Criterios de inclusión definidos: los proyectos deben ubicarse fuera de áreas sensibles como nacederos o zonas marino-costeras, y deben mantener distancia mínima de 500 metros entre parques solares.
- Trámite racionalizado: si bien el decreto establece términos más ágiles para la evaluación, incluyendo plazos definidos y la posibilidad de recibir un diagnóstico ambiental preliminar por parte de la ANLA, el Estudio de Impacto Ambiental continúa siendo un requisito obligatorio que será objeto de evaluación técnica por parte de la autoridad, conforme a los términos de referencia específicos que se expidan para cada proyecto.
- Requisitos sociales: los titulares deberán incluir en el Estudio de Impacto Ambiental acuerdos sociales con comunidades locales, apoyo a comunidades energéticas o proyectos productivos concertados, y mecanismos de gobernanza territorial.
- Enfoque diferencial para la compensación: se permite incluir esquemas como las comunidades energéticas como parte del plan de compensación del medio biótico. Dichas comunidades son formas de asociatividad entre usuarios y/o potenciales usuarios de servicios energéticos. Pueden ser personas naturales, jurídicas, comunidades étnicas.
- Zonas de reserva forestal: el proyecto podrá desarrollarse en estas zonas si cumple con los requisitos ambientales específicos o si se acoge a las excepciones del artículo 204 de la Ley 1450 de 2011.
- Tiempos definidos: el procedimiento para la obtención de la Licencia Ambiental LASolar establece plazos específicos que buscan racionalizar el trámite y aportar mayor certeza a los promotores de proyectos.
- Una vez radicada la solicitud ante la ANLA, esta dispone de cinco (5) días hábiles contados desde el día hábil siguiente a la radicación, para realizar una verificación preliminar de los documentos requeridos. Si la documentación cumple con los requisitos, dentro de ese mismo plazo deberá expedir el Auto de inicio de trámite.
- Posteriormente, la ANLA cuenta con un máximo de diez (10) días hábiles para verificar la información técnica y administrativa presentada, y, de ser necesario, requerir ajustes o aclaraciones.
- En ese caso, el solicitante dispondrá de treinta (30) días hábiles para responder al requerimiento, con la posibilidad de solicitar una prórroga por un período igual. De no atenderse el requerimiento dentro del plazo, se entenderá que el interesado ha desistido del trámite.
- Una vez se radique la información complementaria o ajustada, la ANLA deberá pronunciarse sobre la viabilidad del proyecto en un término de diez (10) días hábiles.
Este esquema procesal define un marco claro de tiempos que, en la práctica, puede contribuir a reducir significativamente los cuellos de botella que tradicionalmente enfrentan los trámites de licenciamiento ambiental en Colombia.
- Transición normativa: quienes tengan trámites de licenciamiento en curso y cumplan con los requisitos, podrán optar por este procedimiento especial.
Con esta propuesta, el Gobierno Nacional busca disminuir los tiempos de evaluación, fomentar la inversión en energías renovables y garantizar una mayor articulación entre el desarrollo energético, la justicia ambiental y la participación ciudadana.
El proyecto de decreto puede consultarse en el sitio oficial del Ministerio de Ambiente, y está abierto a comentarios ciudadanos hasta el 5 de agosto de 2025 en el siguiente link.
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