Excepción de inconstitucionalidad: límites y efectos
Valentina Benavides, abogada del área de Derecho Público, publicó en Lexir el artículo “Excepción de inconstitucionalidad: límites y efectos”, en el que analiza las condiciones y restricciones bajo las cuales puede aplicarse este mecanismo excepcional de control constitucional.
En su texto, Valentina explica que la excepción de inconstitucionalidad permite a cualquier autoridad abstenerse de aplicar una norma que, aunque sea constitucional en abstracto, resulte contraria a la Constitución en un caso concreto. Sin embargo, enfatiza que esta no puede emplearse como mecanismo de control abstracto ni como sustituto del juicio de validez reservado a las altas cortes. Sus efectos, por tanto, son inter partes o, en ciertos casos, inter pares, sin generar consecuencias generales como lo haría una sentencia de inexequibilidad.
Benavides destaca que la Sección Quinta del Consejo de Estado ha precisado que su procedencia exige una contradicción evidente entre la norma aplicada y la Constitución, sin necesidad de interpretaciones complejas o disquisiciones jurídicas propias del juez constitucional.
Además, retoma los tres supuestos que, según la jurisprudencia, permiten el uso de esta excepción: cuando la norma es incompatible con la Constitución sin que exista una sentencia al respecto; cuando reproduce otra norma ya declarada inconstitucional; o cuando su aplicación al caso concreto podría vulnerar derechos fundamentales.
Finalmente, Valentina advierte que, incluso si la norma exceptuada llega a ser declarada inconstitucional posteriormente, sus efectos solo se proyectan hacia el futuro y no implican su inexistencia, lo que impone un uso cuidadoso y bien fundamentado del mecanismo.
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