<iframe src="https://www.googletagmanager.com/ns.html?id=GTM-WWJQSNF" height="0" width="0" style="display:none;visibility:hidden"></iframe>
Buscar en PGP Abogados...
ENG

Evita sanciones, si eres prestador marginal de servicios públicos

Por Equipo Ambiental
11 de junio de 2024 | Publicado en Especiales PGP.

Recuerda que como productor marginal de servicios públicos, al liquidar, recaudar y pagar el impuesto de contribución de solidaridad al municipio, evitas sanciones como las siguientes:

  • Responder por la suma que se debía recaudar, para lo cual aplica un cobro retroactivo hasta por cinco (5) años más intereses moratorios.
  • Consecuencias penales y multas, en caso de no consignar los valores recaudados.
  • Un porcentaje del valor del impuesto, en caso de no declararlo o hacerlo extemporáneamente.
  • Multas por no expedir las certificaciones respectivas.

Si necesitas asesoría para ponerte al día con tus obligaciones, contáctanos.

¿Necesita asesoría?