Áreas de protección para la producción de alimentos en Sopó, entre la seguridad alimentaria y la seguridad jurídica
En una reciente publicación para la revista The Legal Industry, nuestra abogada Lina María Niño A. aborda una de las principales inquietudes jurídicas derivadas del nuevo ordenamiento territorial: la posible colisión entre la declaratoria para la protección de áreas para la producción de alimentos y los derechos de construcción ya consolidados.
El análisis se centra en la Resolución 266 de 2025, que materializó las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (APPA) en el municipio de Sopó, y concluye de manera contundente que los derechos urbanísticos legítimamente obtenidos con anterioridad a esta norma gozan de una protección reforzada. La clave reside en que los efectos de las APPA son a futuro (ex nunc), sin afectar situaciones jurídicas ya definidas.
El triple respaldo normativo que blinda los derechos adquiridos
En el artículo de The Legal Industry, Lina fundamenta esta protección en un sólido andamiaje jurídico que combina principios constitucionales y legales. La defensa de los derechos de propietarios y desarrolladores no depende de una sola norma, sino de tres pilares interconectados:
- La supremacía de la Constitución: El artículo 58 de la Carta Política es inequívoco al garantizar el derecho a la propiedad privada y prohibir el desconocimiento de derechos adquiridos por leyes posteriores, salvo en casos de utilidad pública que exigen una indemnización previa.
- El principio de irretroactividad: La Ley 153 de 1887 establece que una nueva norma no puede aplicarse a hechos ya consolidados bajo un régimen jurídico anterior, protegiendo así la seguridad jurídica.
- La legislación ambiental preexistente: Incluso el Decreto 2811 de 1974, pilar de la normativa ambiental, reconoce y mantiene la vigencia de derechos adquiridos cuando se imponen nuevas figuras de protección sobre recursos naturales.
Este marco normativo confirma que la Resolución 266 de 2025 no opera de manera retroactiva. De hecho, su propio artículo 6 reconoce expresamente esta realidad, estableciendo un régimen de transición para los trámites de licenciamiento que ya estaban en curso.
El origen y alcance de las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (APPA)
Para comprender la relevancia de esta discusión, el texto original explica el contexto de las APPA. Estas figuras fueron introducidas por la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo) como una herramienta de ordenamiento territorial ligada al derecho humano a la alimentación.
Los primeros procesos de delimitación en La Guajira (Resolución 161 de 2024) y la Sabana Centro de Cundinamarca sirvieron como base técnica y jurídica para la posterior declaratoria en Sopó, cuyo objetivo es preservar suelos estratégicos para la soberanía alimentaria del país.
Para un desglose exhaustivo de los fundamentos y el alcance de la normativa, le invitamos a leer el artículo completo de Lina María Niño A. en The Legal Industry.
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