Archivo de proceso ambiental por uso de horno crematorio durante emergencia sanitaria
El equipo de Medio Ambiente y Servicios Públicos de PGP Abogados logró el archivo definitivo de un proceso sancionatorio ambiental iniciado por la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVS) contra una empresa del sector funerario, luego de que esta operara un horno crematorio no licenciado durante la emergencia sanitaria por COVID-19. La defensa jurídica se basó en la figura de fuerza mayor, argumentando que la actuación respondió a condiciones excepcionales que impedían atribuir responsabilidad administrativa.
Durante la emergencia sanitaria derivada del COVID-19, el aumento abrupto en la demanda de servicios funerarios llevó a la empresa a enfrentar una situación crítica: un daño inesperado en la fibra cerámica de la cámara de post-combustión de uno de sus hornos crematorios, lo que la obligó a operar de forma inmediata otro horno no amparado por la licencia ambiental de emisiones atmosféricas. Esta decisión operativa, tomada en el marco de una crisis sanitaria sin precedentes, motivó a la CVS a iniciar un proceso sancionatorio ambiental por presunta infracción de la normativa vigente.
Eximente de fuerza mayor en sanciones ambientales
La imposición de una sanción implicaría para nuestro cliente consecuencias económicas y operativas, así como un daño reputacional irreversible, en un contexto donde la confianza y la percepción pública son fundamentales. La defensa legal planteada por el área Ambiental de PGP se fundamentó en la figura jurídica del eximente de responsabilidad por fuerza mayor, consagrado en el artículo 8 de la Ley 1333 de 2009. La estrategia se centró en demostrar que la conducta de la empresa se dio en el marco de una emergencia sanitaria nacional, bajo condiciones extraordinarias, imprevisibles e irresistibles, lo que impedía atribuir responsabilidad administrativa por la utilización del horno no licenciado.
El equipo jurídico evidenció que no era posible establecer con claridad la existencia de un daño ambiental atribuible ni identificar un responsable directo. Además, se argumentó que no concurrían los elementos necesarios para instaurar una presunción de culpa o dolo en la actuación de la empresa, lo cual debilitaba el fundamento del procedimiento sancionatorio desde su raíz.
Gestión jurídica y técnica ante la Corporación Autónoma Regional
El equipo sostuvo múltiples diálogos con la autoridad ambiental, presentó descargos debidamente argumentados y promovió la aplicación coherente del principio de razonabilidad en la actuación administrativa. Asimismo, se subrayó la necesidad de interpretar las normas ambientales bajo el principio de proporcionalidad, dadas las circunstancias excepcionales que rodeaban el caso. Se desarrolló una defensa integral basada en el análisis técnico del funcionamiento de los hornos crematorios, la normativa ambiental aplicable en contexto de emergencia, y la documentación probatoria que acreditaba la declaratoria de emergencia sanitaria emitida por las autoridades competentes.
Se logró la exoneración total de responsabilidad para la empresa investigada. La CVS ordenó el levantamiento de la medida preventiva que había suspendido la operación del horno crematorio, archivó definitivamente el expediente sancionatorio y, con ello, se evitó la imposición de cualquier tipo de sanción.
El cliente pudo retomar su operación sin cargas reputacionales ni restricciones administrativas, lo cual protegió su imagen institucional y evitó un riesgo financiero de gran magnitud, garantizando la continuidad del servicio en momentos especialmente críticos para la sociedad.
Contar con una defensa estratégica ante procesos sancionatorios ambientales en contextos de emergencia es clave para minimizar riesgos operativos y reputacionales. Si su empresa enfrenta retos similares, nuestro equipo brinda soluciones jurídicas claras y efectivas, ajustadas a este tipo de contextos complejos.
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