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‘Aquarela es un proyecto de vivienda social que sí cumple’

Por Felipe Pinilla
22 de junio de 2018 | Publicado en Portafolio.com.
Felipe Pinilla, socio de Pinilla González & Prieto, explica el alcance del auto que dejó en libertad al constructor del edificio Aquarela.

El pasado lunes, se hizo pública la decisión de un juez penal de Cartagena de dejar en libertad al empresario Lucas Tamayo, representante legal de Promotora Calle 47 SAS y gerente de Aquarela, el proyecto de vivienda de interés social, VIS, que ha sido cuestionado por supuestamente poner en riesgo la declaratoria de Patrimonio de la Humanidad de la ciudad amurallada ante la Unesco. 

Sin embargo, el juez desestimó los argumentos de la Fiscalía y dejó libres a Tamayo, a Claudio Restrepo, arquitecto del proyecto, y a Ronald Llamas, curador urbano No. 1 de Cartagena.

En entrevista con Portafolio, Felipe Pinilla, abogado de Tamayo y socio de la firma Pinilla González & Prieto, explicó los puntos centrales de esa decisión, que ya fue impugnada por la Fiscalía y pasará a un juez de conocimiento en los próximos días.

¿Cuál es el alcance de esta decisión?​

El juez no encontró elementos para hacer la inferencia razonable de que se hubiera violado ninguna norma. Señaló que es un asunto que está más que reglamentado por el POT de Cartagena, por la Circular 10 de 2013 expedida por Planeación de esa misma ciudad y por el Decreto Único Reglamentario 1076 de 2015, y consideró además que todas las licencias tenían la apariencia de haber cumplido con estas normas. 
También dijo que es evidente que no se ha expedido el Plan Especial de Manejo y Protección, PEMP, para Cartagena, como tampoco se ha expedido el del otros bienes de interés cultural ubicados por ejemplo en Tunja o en Guaduas, y en consecuencia, no es posible inferir que las licencias fueran violatorias de alguna norma de superior jerarquía, sino todo lo contrario, que han sido expedidas con respaldo en el ordenamiento vigente. De acuerdo con el principio de confianza legítima, el particular debía obrar conforme a esas licencias que fueron correctamente expedidas.

Si todo se hizo conforme a la ley, ¿por qué hay tanta animadversión contra el proyecto?

Aquí ha habido un interés muy grande del alto gobierno, del procurador general y de la Fiscalía pero sin haber entendido muy bien lo que pasó. 

¿Qué es lo que no se ha entendido bien?

El ministro de vivienda ha dicho por ejemplo, que este no es un proyecto de VIS ni por las áreas ni por la ubicación. Y se equivoca cuando dice que las áreas son de 80 o 90 metros cuadrados. Eso no es verdad. En este proyecto, las áreas de los apartamentos van de los 42 a 52 metros cuadrados y cumplen con la ley en lo relacionado con subsidio familiar.
También dijo el ministro que en ese sitio no era posible hacer un proyecto de VIS, y resulta que sí, que los empresarios sí fueron capaces de hacer un proyecto de VIS bien localizado, cercano a las rutas del transporte público y a los lugares de trabajo de la gente, y que no está en los cinturones de miseria ni en las afueras de la ciudad. 
Este es un proyecto de vivienda digna con más de 900 unidades para 900 hogares, todos con ingresos por debajo de los cuatro salarios mínimos. Entonces no se entiende cómo el ministro piensa que los proyectos de VIS tienen que seguir haciéndose en los extramuros o en las áreas más apartadas, lejos de los colegios y del transporte. 
Este es un proyecto que cumple con las condiciones de calidad y dignidad a las que se refiere la Ley 388 de 1997, entre otras razones porque está bien ubicado y tiene un muy buen equipamiento comunal. Desconocer eso es negarle el derecho a esas familias de adquirir vivienda de interés social.

Pero hay una carta de la Unesco que pone en peligro la declaratoria de Patrimoniode la Humanidad por cuenta de ese proyecto…

La Unesco le escribió a la ministra de Cultura preguntando por qué el Gobierno Nacional no protege los bienes de interés cultural como es su obligación, y en este punto, hay que recordar que el gobierno está obligado desde hace más de 15 años, a expedir los planes especiales de manejo y protección de esos bienes culturales y no lo ha hecho. La molestia de la Unesco es con el hecho de que el gobierno no ha cumplido con su deber de expedir los planes especiales de protección para estos bienes a través del Ministerio de Cultura. 
Lo que ha pasado es que ese ministerio, tratando de tapar su error, ha iniciado una acción popular mientras la justicia persigue a quienes ejecutan el proyecto. 
Lo que queda en evidencia es una tremenda inseguridad jurídica para unos empresarios que invirtieron cerca de 100 mil millones de pesos y tienen no una sino nueve licencias ejecutoriadas y no obstante les paran el proyecto solo porque el alto gobierno quiere tapar su error de no haberle cumplido a la Unesco con la expedición de los planes. Esto cae muy mal para el sector de la construcción, que tiene un peso en el PIB de más del 5% y siembra desconfianza e incertidumbre.

¿Tendrá esta decisión alguna implicación sobre la suspensión de la obra?

Son dos asuntos distintos. La decisión del pasado lunes se da en el marco de un proceso penal y lo que la Fiscalía imputó fue prevaricato por acción y delito de urbanización ilegal para el caso del curador urbano, mientras que al arquitecto y al constructor les imputó urbanización ilegal y daño en los recursos naturales. El juez consideró que la Fiscalía no aportó material probatorio suficiente para siquiera dudar que se hubiera cometido alguno de estos delitos. 
El proceso administrativo es distinto porque allí no se está debatiendo ni la comisión de un delito ni la libertad de los empresarios encargados del proyecto.

Más allá del ámbito penal, ¿no es muy preocupante que el juez diga que este es un caso de hipertrofia normativa y de competencias en materia de ordenamiento territorial?

Lo que dijo el juez es que hay una gran cantidad de normas pero que las normas para Cartagena son claras y precisas, y que por esa razón, también a él le resultaba claro y preciso que ni las licencias ni la obra habían violado ninguna norma. Por eso habló de hipertrofia normativa. 
Pero el juzgado entendió con claridad que la normatividad, a pesar de su complejidad y de su cantidad, se había cumplido en este caso.

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